Mercado Libre y Rapipago imputados por prácticas abusivas y publicidad engañosa.

El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires inició expedientes de oficio imputando a Rapipago y Mercado Libre por presuntas infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor.

La cartera productiva detectó irregularidades como cobros de sumas adicionales sin comunicación previa, prácticas abusivas y publicidad engañosa.

Es la primera vez que se lleva a cabo este tipo de imputaciones de oficio desde la provincia.

“En el contexto de ASPO y DISPO se acrecentó la modalidad de compra a distancia por medios electrónicos evidenciando un aumento de prácticas abusivas.

Nuestro objetivo es ser más rigurosos en el control de estas prácticas en la emergencia, ya que las contrataciones no presenciales profundizan la vulnerabilidad de los consumidores y el deber de información clara, precisa y suficiente por parte de los proveedores”, explicaron fuentes del ministerio

La empresa Rapipago cobra sumas adicionales bajo conceptos tales como: “cargo de servicio” sin informar los motivos por los cuales los usuarios deben abonar estos rubros.

Además, realiza diferencias de precio e incrementa los porcentajes de cargos dependiendo del medio de pago que se utilice, distinguiendo operaciones al contado o con tarjeta de débito, y también de la empresa proveedora del servicio que se está abonando.

Respecto a Mercado Libre, el ministerio denuncia que la empresa remite en forma masiva correos electrónicos que inducen a confusión, configurando una publicidad engañosa y una falta al deber de informar en forma cierta, clara y suficiente.

“La empresa comunica la oferta y publicidad de determinados productos que se encuentran a la venta, indicando un supuesto porcentaje de descuento pero sin informar el precio de los mismos, ni el precio actual ni el anterior que toma base de descuento, como tampoco las condiciones de comercialización o financiación de los productos que exhibe”, informó .

Penalización

Ambas imputaciones por presuntas infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor configurarían prácticas abusivas que afectan de manera directa a los consumidores y usuarios. Las empresas fueron notificadas y poseen 5 días hábiles, improrrogables, para presentar su descargo.

En la Provincia de Buenos Aires el artículo 73 de la ley 13.133 es el que regula las sanciones, que pueden ser desde apercibimientos hasta la pérdida de concesiones.

Las multas económicas se encuentran desactualizadas: pueden ser de 100 a 500.000 pesos. Sin embargo, la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores cuenta con otros recursos para sancionar como apercibimientos, decomisos, clausuras, suspensiones y perdidas de concesiones, permisos, habilitaciones, etc.

A futuro

Al ser consultados por posibles medidas pensadas para regular a este tipo de empresas en un futuro próximo, dadas las múltiples denuncias que aparecen recurrentemente sobre distintas prácticas desleales, fuentes de la cartera productiva aseguraron a PáginaI12 que, en el corto plazo,

“utilizando las herramientas que ya tenemos disponibles y vigentes estamos haciendo historia.”

Durante mucho tiempo desde el Estado no se controló, fiscalizó ni verificó el cumplimiento de la normativa que ya tenemos disponible.

Lógicamente, la falta de control permitió por muchos años que las empresas se acostumbraran a aplicar políticas, condiciones prácticas abusivas que tenemos que limitar.

A largo plazo, la legislación nacional y provincial tiene que dar un salto cualitativo y actualizarse a un nuevo escenario comercial”.

FUENTE: Página 12
Por María Daniela Yaccar

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